PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de Septiembre de 2004, por el abogado DOUGLAS JOSE RIVAS ORTEGA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de Septiembre de 2004, oída en ambos efectos por auto de fecha 02 de Noviembre de 2004, en el juicio seguido por el ciudadano FELICIANO VERGEL GUALDRON contra el CENTRO SIMON BOLIVAR. SEGUNDO: SIN LUGAR la falta de cualidad alegada por la parte demandada. TERCERO: CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FELICIANO VERGEL GUALDRON contra el CENTRO SIMON BOLIVAR, ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente sentencia. CUARTO: Se ordena al CENTRO SIMON BOLIVAR pagar al ciudadano FELICIANO VERGEL GUALDRON, el aumento salarial correspondiente al 12 de Enero de 1997 y 12 de Julio de 1997, en un 17,.....