Se declara Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido por los Abgs. Richard J. Velásquez y Miguel Antonio Rondón, Defensores Privados, procediendo en representación de la ciudadana encausada Maribel Ramírez, en el proceso judicial instruídole. En consecuencia, se ANULA, conforme a los artículos 26, 49.1 y 257 Constitucional, 190, 191 y 195 de la Ley Adjetiva Penal, el fallo objetado dictado el 31-03-2011 por el Tribunal 1° en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Edo. Bolívar, y sede en esta ciudad, en ocasión al acto de Audiencia Preliminar, el cual fuere fundamentado en Auto el día 12-04-2011, y mediante el cual se declara admitir la acusación fiscal basada en el delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cambiando el Ministerio Público con ello, la imputación realizada en principio.....