II
DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Que es INCOMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los abogados Manuel Andrés Romero Amparan y Xamira Goya Torres. inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 107.058 y 124.444, respectivamente, apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONCITASAS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, el 10 de abril de 2006, bajo el N° 56, Tomo 1300 A, contra la Providencia Administrativa N° 241/09, de fecha 23 de septiembre de 2009, y del auto de fecha 7 de diciembre de 2009, ambos contenidos en el expediente Nº 2009-06-00251, emanados de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL.....