En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Militar Tercero de Control con sede en la Ciudad de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, pasa a decidir conforme a los siguientes términos: PRIMERO: CON LUGAR LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano SM3. SERINZA BELTRAN JOSE RICARDO, titular de la cedula de identidad C.IV- 18.969.274, quien se encuentra presuntamente incurso en los delitos de naturaleza militar de CONTRA LA INTEGRIDAD, INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA NACION, previsto y sancionado en el articulo 467; asimismo a título de COMPLICE segun lo previsto en el articulo 389 numeral 2 y articulo 391 numeral 2, los delitos militares de INSTIGACION A LA REBELION, previsto en el articulo 476 numeral 1 y sancionado en el articulo en 481, SUSTRACION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FANB, previsto y sancionado en el articulo 570 numeral 1; todos del Código Orgânico de Justicia Milit.....