PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por el abogado Humberto Enrique Tercero Bello Tabares, apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de marzo de 2006 que declaró sin lugar la oposición formulada en fecha 07 de febrero de 2006, a la medida decretada por ese juzgado en fecha 12 de julio de 2005.
SEGUNDO: Con lugar la oposición formulada el 07 de febrero de 2006 por los abogados Humberto Enrique Tercero Bello Tabares y Dorgi Doralis Gimes Ramos, apoderados judiciales de la parte demandada contra la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 12 de julio de 2005 y como consecuencia de ello nulo el auto que decretó la medida en fecha 12 .....