Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento formulado por la abogada BARBARA CESAR SIERO, Defensora Pública Segunda en materia Agraria del Estado Bolivariano de Miranda, extensión Los Teques, Defensora de los ciudadanos ARMANDO BARROS HERRERO, ROSEGLIS MANRRIQUE RAMOS, ARMANDO JOSE BARROS RAMOS, RAUL SANPREDRO FERREIRO, ODALYS BARROS RAMOS, EGLIS RAMOS DE BARROS y YUDITH PALMA, sólo en lo que respecta al co-demandado JOSÉ BARREIRO FERNÁNDEZ, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-819.741, domiciliado en San Antonio de Los Altos, Estado Miranda, siguiendo el juicio en toda su fuerza y vigor contra los ciudadanos MANUEL CONDE GONZALEZ y AVELINA CONDE BARREIRO.