Este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder el Beneficio de Confinamiento al penado Pedro Miguel Oropeza Silva, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.228.179, conforme a lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordada relación con el artículo 52 del Código Penal Venezolano, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
PRIMERA: fijar como lugar de residencia Vía Machiri Urbanización Villa Sol, calle Principal Casa 113, San Cristóbal, Estado Táchira, no pudiendo cambiar la misma, ni salir de la jurisdicción, sin autorización expresa del Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal.
SEGUNDA: Por cuanto al mencionado penado le falta por cumplir de su pena principal cuatro (04) meses y veintinueve (29) días de prisión, conforme a lo establecido en el artículo 456 del C.....