DECRETO: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación presentada por el Fiscal Militar 16°, en contra del Ciudadano RONNY JOSE LIMA HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-22.285.842, ya identificado plenamente en este escrito, por la comisión del Delito Penal Militar de USO INDEBIDO DE CONDECORACIONES, INSIGNIAS Y ITULOS MILITARES previsto y sancionado en el artículo 566 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: No Admiten las pruebas documentales mencionadas en el ítem N° 1, 2 y 3 del Escrito Acusatorio, en virtud de que la misma no cumple con los requisitos que se menciona en los Artículos 190, 191 y 192 del Código Orgánico Procesal Penal. Se Admite las Pruebas Documentales que se mencionan en el ítem Nro. 4, por ser Lícita, necesaria y pertinente. En cuanto a las pruebas testimoniales, se admiten todas y cada una de ellas. TERCERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD del ciudadano imputado RONNY JOSE LIMA HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-22.285.842, ratificada.....