PRIMERO: Se IMPARTE HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, planteado el 15 de mayo de 2019, por la profesional del derecho LISETTE GARCIA GANDICA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.666.066, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.695; en su carácter de apoderado judicial de la parte actora C.A. DIANAMEN, sociedad mercantil inscrita el 18 de mayo de 1.972, por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 13, Tomo N° 69-A, cuya última modificación de su documento constitutivo estatutario consta de Acta de Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 29 de noviembre de 2001, registrada el 07 de febrero de 2002, por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda; en el procedimiento que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, impetraron el 15 de enero de 2019, los profesionales del derecho M.....