D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR DUODÉCIMO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por el CAP. RENEE A. MORA GUERRERO, Fiscal Militar Auxiliar Trigésimo Cuarto de Mérida, en contra del ciudadano EX SOLDADO GREGORY ALEXANDER MALDONADO TORO, titular de la cédula de identidad Nº V-26.128.995, como Autor en la comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en los artículos 523, 527 ordinal 2º y sancionado en el artículo 528, y ABANDONO DE SERVICIO, previsto en el artículo 534 y sancionado en el artículo 538, todos del Código Orgánico de Justicia. SEGUNDO: ADMITE en su totalidad las pruebas ofrecidas por el CAP. RENEE A. MORA GUERRERO, Fiscal Militar Auxiliar Trigésimo Cuarto de Mérida. TERCERO: SE ACUERDA CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar y el acusado de autos, y vista la n.....