Se declaro Con Lugar, la solicitud de Obligación de Manutención; incoada por el ciudadano OVIDIO CABEZA LIZARAZO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 28.643.509, en contra de la ciudadana ELIN ROCIO RIAÑO, colombiana, mayor de edad, con cedula de ciudadanía Nº V.- 60.448.410, en beneficio de su hijo de 8 años de edad quedando la Obligación de Manutención establecida en la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 300,oo), los cuales deben ser depositados en la cuenta de ahorro que ordene este Tribunal aperturar en el Banco Bicentenario y para el mes de diciembre en la cantidad adicional de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450,oo); así como una cuota adicional de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.450,oo) para útiles y uniformes escolares.