PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JOSE ALBERTO GOMEZ MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.267.776 contra la ciudadana BERTHA RAMONA GARCIA y YOLEIDA DEL CARMEN SUAREZ GARCIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.123.561 y V-15.296.795, por reivindicación.
SEGUNDO: SE ORDENA a las demandadas MARÍA BERTHA RAMONA GARCIA y YOLEIDA DEL CARMEN SUAREZ GARCIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.123.561 y V-15.296.795 a RESTITUIR al demandante JOSE ALBERTO GOMEZ MOGOLLON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.267.776, el inmueble constituido por un lote de terreno propio, denominado LOTE TRES, ubicado en el sector La Redoma Cipriano Castro, vía que conduce entre La Grita y La Quinta de la ciudad de La Grita, Municipio Jáuregui del Estado Táchira, y dentro de los siguientes linderos y medidas, NORTE: Con la Sucesión.....