administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano ALIMIR JOSÉ GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 14.488.718, venezolano, de 27 años de edad, residenciado en la Urbanización Hacienda del Medio, vereda 03, casa Nº 03, Tucupita Estado Delta Amacuro, de la comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el ordinal 1º del artículo 570 del Código Orgánico de Justicia Militar, ordinal 1º del artículo 389 y ordinales 2º y 3º del artículo 392, de la norma en comentarios, decretándose su Libertad Plena, conforme a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.