DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la recusación propuesta por el Abogado ALFREDO DE JESÚS SALVATORI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 3.978.025, e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 12.790, contra la Jueza Provisoria del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se dispone que la referida Jueza Provisoria del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se encuentra imposibilitada de seguir co.....