Se dictó sentencia en la cual se declaró CON LUGAR, la inhibición planteada por el Dr.JORGE GUSTAVO MIRABAL, en su carácter de Juez Unipersonal I del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordenó entregar al Dr. JORGE GUSTAVO MIRABAL, copia certificada de la decisión para su debida información.