DISPOSITIVA
Este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos JOSÉ ANTONIO FORERO GUARIN, Titular de la Cédula Nº 24.504.563 y JUAN DARIO PLAZA FORERO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 14.906.329, a la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, como autores y responsables del delito de Ocultamiento de Arma de Guerra, mas la accesoria de Inhabilitación Política Por El Tiempo De La Pena, consagrada en el ordinal 1 del articulo 407 ejusdem por la comisión del Delito de Ocultamiento de Arma de Guerra, previsto y sancionado en el Artículo 274 del Código Penal Venezolano,. Regístrese, publíquese y háganse las participaciones de rigor y en su oportunidad legal remítase las actuaciones al Tribunal Militar Cuarto de Ejecución con sede en la Ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a los fines previstos en el Artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal, a.....