PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por mutuo acuerdo, sustentada en los fallos Nros. 693 y 10701, emanados de las Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, fechados el 02 de junio de 2015 y 09 de diciembre de 2016, respectivamente; así como en el fallo dictado por la Sala de Casación Civil, el 25 de abril de 2016, expediente Nº 2015-000771, en conformidad con el artículo 185 del Código Civil; formulada por los ciudadanos AGUSTIN LEOPOLDO ANDRADE GONZALEZ y ELISA RODRIGUEZ ORAMAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.749.747 y V- 19.434.618, respectivamente; asistidos por la profesional del derecho CARMEN ROSA LANDAETA PALACIOS, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.772.-
SEGUNDO: Consecuente con lo decidido, se declara DISUELTO EL MATRIMONIO contraído el 28 de noviembre de 2013, por los ciudadanos AGUSTIN LEOPOLDO ANDRADE GONZALEZ y ELISA RODRIGUEZ ORAMAS, venezolanos, mayores de edad y.....