Por los fundamentos expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 21 de abril del 2016, por el abogado OSWALDO EMILIO ABLAN CANDIA, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, contra el fallo dictado el 12 de abril del 2016, por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la oposición formulada por la representación judicial de la parte demandada a la medida de secuestro decretada por el Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de noviembre del 2015. TERCERO: Se REVOCA la medida de secuestro decretada e.....