IV
DECISIÓN
Con base en las consideraciones precedentes, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar nominada de suspensión de efectos, prevista en el artículo 290 del Código Orgánico Tributario, solicitada por sociedad mercantil "SALON DE BELLEZA BON TON, C.A.". En consecuencia:
Se ordena a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), se abstenga de ejecutar el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo Nº SNAT/INTI/GRTI/RCA/DSA/21-AP-220/2022-00016 de fecha 17 de enero de 2022, a través de la cual se confirmó y ratificó el contenido del Acta de Reparo, en materia de Retenciones del Impuesto al Valor Agregado para los periodos impositivos desde .....