Por todo lo anteriormente expuesto y una vez escuchados los alegatos de las partes; este Tribunal Militar Octavo de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 261 de la Constitución Nacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 126, 127, 132, 157, 236, y siguientes y 242 todos del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA: PRIMERO: La Aplicación del Procedimiento Ordinario en la presente causa, presentada por la Fiscalía Militar Cuadragésima con Competencia Nacional en contra del ciudadano SARGENTO SEGUNDO GERMAN ANTONIO AMARO CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V-24.020.794, Plaza de la Séptima Brigada de Infantería de Marina Fluvial, en virtud de encontrarse satisfecho las condiciones establecidas en el artículo 236 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la Pre-calificación Juríd.....