En mérito de las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, y verificados como han sido los supuestos a que se contrae el ordinal primero (01) del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, esta Corte Superior Segunda del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición planteada en fecha catorce (14) de abril del año 2008 por la Juez Ponente Número XV de este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, ciudadana YUMILDRE CASTILLO HERDÉ, en el procedimiento de Fijación de Obligación de Manutención signado con el número AP51V2008005206, según la nomenclatura llevada por este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Cara.....