Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación intentado por la ciudadana KAROLAYM JOSEFIN DIAZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano, contra la decisión de fecha 31 de marzo de 2008 dictada por el Tribunal Noveno (9º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.