Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, al Ciudadano SARGENTO PRIMERO JEAN CARLOS FERRER, venezolano,mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.501.316, quien era plaza para el momento de ocurrir los hechos del 213 B.I "Cnel. José Godoy Freites" y actualmente plaza del 208 Batallón Logístico "G/B Juan Antonio Paredes",por la comisión del delito militar de DESERCION, previsto en los artículos 523, 527 ordinal 1° y sancionado en el artículo 528 todos del Código Orgánico de Justicia Militar;SEGUNDO:Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 04de Marzo del 2015.