III
DECISIÓN
Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la confesión ficta de la parte demandada, ya que no se verificó el último de los requisitos para la procedencia de la misma;
SEGUNDO: Se declara IMPROCEDENTE la demanda de DESALOJO incoada por la ciudadana BELKIS COROMOTO VILLALOBOS PRIETO contra el ciudadano WLADIMIR ALBERTO GUERRA CARRIZO, y fundamentada en el contrato de arrendamiento que suscribieron en fecha 01/04/2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por contravenir los artículos 1.368 del Código Civil y 444 eiusdem;
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora en virtud de haber resultado totalmente vencida en la presente litis de conformidad con lo prev.....