Por las razones expuestas, este Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, DECRETA,PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 46, 49 Ordinal 7° y Artículo 300 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano JOSE LEONARDO PEREIRA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad V-12.244.008, por la comisión del delito militar de HURTO DE FONDOS PERTENENCIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 571 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO:Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 08 de agosto del 2017, en contra del Ciudadano JOSE LEONARDO PEREIRA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad V-12.244.008, por la comisión del delito militar de HURTO DE FONDOS PERTENENCIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado e.....