En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 96, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación presentada en fecha 12 de Diciembre de 2017, por el abogado FRANCISCO JIMENEZ GIL, abogado en ejercicio, actuando en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil CENTRO DE IDIOMAS BERLITZ DE VENEZUELA, C.A., contra el Dr. JOSÉ GREGORIO VIANA, en su condición de Juez del Juzgado Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: En acatamiento a la sentencia con carácter vinculante de fecha 23 de noviembre 2010 dictad.....