DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Diez de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto en fecha 20 de noviembre de 2012, por el profesional del derecho RAFAEL GREGORIO MENDOZA GONZÁLEZ, Defensor Público Vigésimo Séptimo Penal, en su carácter de defensor del ciudadano CARLOS JOSÉ TAVARES ANGULO, quien recurre conforme a lo dispuesto en los artículos 423, 427 y 439 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 16 de enero de 2013, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual "...MANTIENE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en contra del ciudadano CARLOS JOSÉ TABARES ÁNGU.....