De su análisis se desprende que el presente petitorio se encuentra ajustado a derecho, razón por la cual, este Juzgado Militar considera procedente DECLARAR CON LUGAR la solicitud fiscal relacionada con la orden de aprehensión del ciudadano: SOLDADO JHOVANNY MURILLO ITRIAGO, Titular de la cédula de Identidad Nº 23.152.344, Plaza del Batallón de Comunicaciones "G/B Pedro Briceño Méndez", en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 523 y 527 ordinales 1º, 2º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, SE ORDENA LA APREHENSIÓN del Ciudadano: SOLDADO JHOVANNY MURILLO ITRIAGO, Titular de la cédula de Identidad Nº 23.152.344, Plaza del Batallón de Comunicaciones "G/B Pedro Briceño Méndez", por la presunta comisión del Delito Militar de DESERCION, previstos y sancionados en los artículos 523 y 527 ordinales 1º, 2º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, para lo cual se ACUERDA COMISIONAR ampliamente al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y C.....