Este JUZGADO DECIMO CUARTO (14) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AERA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la Acción Contenciosa de Nulidad interpuesta por la ciudadana MIRIELKYS ANTONIETA HERNÁNDEZ DÍAZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-24.591.871, a través de sus apoderados judiciales, en contra de la Providencia Administrativa signada con el N° 094-14, de fecha 30 de diciembre de 2014, contenida en el expediente administrativo identificado con el N° 079-2014-01-00048, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital (Sede Sur), la cual declaró sin lugar la Solicitud de Reenganche y Restitución de Derechos incoada en contra del SERVICIO AUTÓNOMO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (SAPI), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Comercio (MPPCO).