En consecuencia, vistas las anteriores exposiciones, este Juzgado Trigésimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, declara HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN, en los términos expuestos, suscrita entre el ciudadano ADRIAN JOSÉ BLANCO PEREZ, y por la sociedad mercantil INVERSIONES INTER 2010, C.A., dándole efecto de Cosa Juzgada. En consecuencia, una vez conste en autos el último de los pagos correspondiente al monto convenido y transcurrido el lapso de Ley para ejercer los recursos correspondientes contra la presente decisión se dará por terminado el proceso. Así.....