En lo referente al párrafo quinto, mediante el cual el apoderado judicial de la parte recurrente solicita que el Gobierno del Distrito Capital, exhiba el documento de propiedad o de algún otro derecho que tenga sobre los locales 1 y 2 del edificio TOROMAINA, ubicado en las Esquinas Principal a Santa Capilla, Parroquia Catedral. Municipio Libertador del Distrito Capital, observa este Tribunal que al momento de la audiencia de juicio, celebrada en fecha 21-10-2013, el Juez le preguntó a la representación judicial de la parte recurrida si poseía documentación que acreditara la propiedad del referido inmueble a lo que éste respondió, que no, todavía no se había determinado quien era el propietario, en vista de lo mencionado en dicha audiencia de juicio, éste Tribunal niega la admisión de dicha prueba por resultar inoficiosa, y así se decide.