DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR   la demanda intentada por  el  ciudadano  ANTONIO   JOSE  MILAZZO  CALCINA,  representado  por el     Abg.  JULIO  TROCONIS,  contra  la ciudadana: DILCIA  ESPERANZA ROMERO DE  CASTELLANO,  representada por los   JOSE LUIS  MACHADO  ASTULLIDO   y  BERNARDO  ANTONIO  PATIÑO MARQUEZ, todos identificados en autos, por CUMPLIMIENTO  DE  CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.  En consecuencia,  SE CONDENA A LA DEMANDADA  A  entregar, libre de personas y cosas,  el inmueble ubicado en el  Caserío Las Tunas;  Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, el cual comprende casa y terreno  de dos mil quinientos noventa y dos  metros cuadrados (2.592 m2 ), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Inmueble  que es o fue de Carmen de Camejo; SUR:  Bienhechurias  propiedad de José Antonio Jiménez.....