En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Militar Primero de Ejecución de Sentencias de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA, la Sentencia Condenatoria dictada y publicada en fecha 05 de junio de 2019, mediante la cual CONDENÓ a la ciudadana penada: PTTE. MARIA GABRIELA OCHOA SEGOVIA, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.390.760, por encontrarla plenamente culpable de la comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el articulo 519 y sancionado en el articulo 521 numeral 4° en esu ultimo aparte y DESERCION, previsto en los articulos 523, 524 numeral 1° y 525 del Codigo Organico de Justicia Militar, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRESIDIO, más las penas accesorias de ley, establecidas en el artículo .....