Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Sociedad Mercantil LICORERIAS GALERIAS PARÍS contra las Planillas de Liquidación Nos. 08-10-26-002574, 08-10-26-002575, 08-10-26-002576, 08-10-26-002577, 08-10-26-002578, 08-10-26-002579, 08-10-26-002580, 08-10-26-002581, 08-10-26-002582, 08-10-26-002583, 08-10-26-002584, 08-10-26-002585, 08-10-26-002586, 08-10-26-002587, 08-10-26-002588, 08-10-26-002589, 08-10-26-002590, 08-10-26-002591, 08-10-26-002592 y 08-10-26-002593 del 04 de agosto de 1997, emitidas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Seniat.
En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución No. GJT-DRAJ-A-2001-307 (folios 11 al 35), mediante la cual declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente rea.....