DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos que anteceden, éste Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio que incoara los ciudadanos ALBERTO CHOCRON WAHNICH y SONIA SALAS DOMINGUEZ, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.208.806 y V-6.512.352, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados Ciudadanos, contraído el día 25 de febrero de 1991, ante la Jefatura Civil del Municipio Foráneo Leoncio Martínez del estado Bolivariano de Miranda, mediante acta signada bajo el Nº 12.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropoli.....