DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Confesión Ficta de la ciudadana Gladys Margarita Caraballo Lugo, demandada de autos, de conformidad con los Artículos 362 y 887 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento del Término de la Prórroga Legal intentada por el ciudadano Nissim Mizrahi Levi contra la ciudadana Gladys Margarita Caraballo Lugo, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la presente sentencia, quedando extinguido el contrato locativo suscrito en fecha 08 de diciembre de 1992.
TERCERO: Con vista a la anterior declaratoria se condena a la accionada a la entrega material, real y efectiva a la parte actora del bien i.....