DECLARA: PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Teniente de Navío LINDA AMOR RAMÍREZ MONTERO, en su condición de Fiscal Militar Auxiliar Vigésima Segunda con competencia nacional, contra la decisión dictada por el Tribunal Militar Décimo Octavo de Control con sede en Maracaibo, estado Zulia, en fecha 21 de febrero de 2017, mediante la cual admitió parcialmente la acusación fiscal, decretó el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, de los delitos militares imputados por la vindicta pública de TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en el artículo 465; REBELIÓN, previsto en el artículo 476 ordinal 1° en concordada relación con el artículo 486 ordinal 3° y 4° y sancionado en el artículo 487 y ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículo 505, todos del Código Orgánico de Justicia Militar y en razón de acogerse al Procedimiento po.....