Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, estado Táchira, en Funciones de Guardiaadministrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del Ciudadano VALDUZ DELCIS PEDRO MANUEL, titular de la cedula de Identidad Nº V- 26.015.153, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL BOLIVARIANA, previsto y sancionado en el artículo 570 numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: ACUERDA el trámite de la presente causa por elPROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO:Se toma la presente audiencia de presentación como acto de imputación formal de Imputado. CUARTO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Fiscalía Militar Trigésima Quin.....