- III -
DISPOSITIVO
De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Prescripción de Hipoteca de Segundo Grado incoada por el ciudadano ALFONSO RAMOS PARRA en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES ACAPULCO CA., plenamente identificados; y en consecuencia, de ello se condena a la parte demandada:
PRIMERO: Ha declarar extinguida la hipoteca de segundo grado que constituyera los ciudadanos ALFONSO RAMOS PARRA y MARIELA MARQUEZ, a favor de sociedad mercantil INVERSIONES ACAPULCO CA., por la cantidad de TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 39.15), en fecha 07 de junio de 1984, bajo el Nro. 30, Protocolo Primero, Tomo 23, debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Prime.....