Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación opuesta por la parte actora contra la sentencia de fecha 27 de junio de 2005, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas SEGUNDO: SIN LUGAR la defensa de prescripción de la acción, opuesta por la demandada. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Sandra Dafne Villareal Hitschfeld contra Lighthouse R. Consulting, C.A. CUARTO: SE CONDENA a la demandada a pagar al actor los conceptos y cantidades condenados conforme a los términos y condiciones establecidos en la motiva del presente fallo, QUINTO: SE ORDENA la designación .....