III
Dispositivo del Fallo
Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLARA la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en consecuencia la extinción del proceso que por DAÑOS Y PERJUICIOS intentó la ciudadana MARIA ASCENCAO DE ABREU DE FARIA contra el ciudadano JESUS ALBERTO VILLEGAS SALAZAR.
Como consecuencia del particular anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 270 del Código de Procedimiento Civil, se declara EXTINGUIDO el presente proceso, con el expreso señalamiento a la parte actora, que para volver a proponer la acción que nos ocupa, deberá dejar transcurrir íntegramente el lapso previsto en el artículo 271 ejusdem.
No se hace especial condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo, ello de conformidad en lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil