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DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contemplada en el ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada, identificados suficientemente al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa contemplada en el ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el co-demandado PEDRO FRANCISCO GRESPAN MUÑOZ.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior, se DESECHA la demanda y se EXTINGUE el proceso.
CUARTO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida.
QUINTO: Por cuanto el presente fallo fue publicado fuera del lapso legal establecido para ello, es necesaria la notificación de las partes.
PU.....