de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Séptimo de Control en contra del penado SARGENTO SEGUNDO YOHANDERSON JOSE COLMENAREZ BOZA, titular de la cedula de identidad N° V-25.653.991, quien fue condenado a una pena de DOCE (12) MESES DE PRISION, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política y Separación del Servicio, por estar incurso en la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 numeral 1, y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se le prohíbe la salida del país al penado SARGENTO SEGUNDO YOHANDERSON JOSE COLM.....