Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Revoca las medidas de Reglas de Conducta por el lapso de Dos (02) Años y Servicios a la Comunidad por el lapso de Seis (06) Meses con una jornada de Seis (06) horas semanales; Servicios a la Comunidad por el lapso de Seis (06) Meses y simultáneamente Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) Año; Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) Año; Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) Año; Servicios a la Comunidad por el lapso de Seis (06) Meses con una jornada de Seis Horas Semanales, impuestas al adolescente LIDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA
; por la comisión de los delitos de ROBO PROPIO, previsto en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana G......