de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo Octavo de Control en contra de los penados ALISTADO RICARDO ANDRES JULIO SABARTE, titular de la cedula de identidad N° V- 27.395.224, el ALISTADO JEAN CRISTOFER NAVARRO CASTILLO titular de la cedula de identidad N° V- 29.546.469, y el ALISTADO LUIS EDUARDO ALFARO titular de la cedula de identidad N° V- 27.689.132, a quienes se les impuso una pena de TRES (03) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en los numerales 1 y 2 del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política y Separación del Servicio, por estar incurso en la comisión del delito militar de S.....