este Juzgado Vigésimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano RAMON FROILAN ROSALES YEPEZ, contra la sociedad mercantil PROTECCION Y SEGURIDAD FAMILIAR C.A., (PROSEFA), antes identificados. SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada pagar a la actora la cantidad de TRES MILLONES DOSCIENTOS CINUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 3.256.576,47, por los conceptos establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo Experto Contable, cuyos honorarios correrán por cuenta de la demandada, a fin de que determine los intereses sobre prestación de antigüedad, los intereses de mora y la indexación monetaria, en base a los parámetros establecidos en la motiva del pr.....