V
DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de Derecho precedentemente expuestos, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 23 de agosto de 2013, por la ciudadana ERIKA HOLLSTEIN PAREDES, en su condición de Víctima, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARIO HOLLSTEIN R., admitido por este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 439 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada el 20 de agosto de 2013, por el Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por medio de la cual otorgó al ciudadano JUAN CARLOS UZCATEGUI LINARES, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, de conformidad con el artículo 242 numer.....