Decisiones del dia 23/05/2016
N° Expediente :
KP02-F-2014-000843
N° Sentencia :
Fecha: 23/05/2016
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: SOL: NORYS VARGAS Y OTRO
Resumen:
Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos NORYS SUSANA VARGAS BETHENCOURT y DENNIS ANGOTEE SANCHEZ NIETO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros V-12.704.147 y V-12.229.016, respectivamente, por ante el Registro Civil Principal del Municipio Palavecino, del estado Lara en fecha 27 de Junio de 2014, anotado bajo el Nº 222, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 2014. Durante el matrimonio las partes manifestaron que no procrearon hijos. En consecuencia, se declara disuelta la comunidad de gananciales existentes entre las partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 173 del Código Civil Venezolano Vigente.
Juez/Ponente:
Milagros de Jesús Vargas
Organo:
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren.
N° Expediente :
KP02-F-2013-410
N° Sentencia :
2797
Fecha: 23/05/2016
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: DEMANDANTE: CIUDADANO: MAKIBEL RAFAEL OSTEICOECHEA SENIOR, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-4.109.189 Y DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDO POR LA ABOGADA EN EJERCICIO YASMERYS COROMOTO PALENCIA QUERALES, INSCRITA EN EL I. P. S. A. BAJO EL N° 131.474.- DEMANDADO: CIUDADANA: MARIA COROMOTO DEL PILAR TORRES RIVERO, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-4.729.880 Y DE ESTE DOMICILIO. -
Resumen:
La jurisprudencia nacional señala que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a continuar la instancia.
En el caso de autos, se constata que la última actuación realizada lo fue en fecha 12/02/2014, y no habiendo realizado la parte actora diligencia alguna tendiente a impulsar el procedimiento a los fines de impulsar la litis, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCION de la instancia en la presente demanda y por ende, se extingue el procedimiento.
La presente Sentencia quedara definitivamente firme una vez conste en autos la notificación de la parte.-
Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor d.....
Juez/Ponente:
Ernesto Jatniel Yepez Polanco
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren..
N° Expediente :
KP02-F-2014-129
N° Sentencia :
2796
Fecha: 23/05/2016
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: DEMANDANTES: CIUDADANOS: ELIDA ROSA PROFETA MONTERO Y PABLO RAFAEL AGUILAR TAMAYO, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-4.379.978 Y V-3.087.056, RESPECTIVAMENTE Y DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDOS POR EL ABOGADO EN EJERCICIO RONALD RAFAEL VELAZCO PROFETA, INSCRITO EN EL I. P. S. A. BAJO EL N° 147.192.-
Resumen:
De la norma transcrita se desprende que la perención de la instancia extingue el proceso, no ya por acto de parte sino por la inactividad de ellas prolongada por un cierto tiempo, vale decir, un año. Requiriendo la misma, la concurrencia de tres elementos o condiciones, a saber: uno objetivo, la inactividad, que se reduce a la falta de realización de actos procesales; otro subjetivo, que se refiere a la actitud omisiva de las partes y no del Juez; y uno temporal, que es la prolongación de la inactividad de las partes por el término de un año.
La jurisprudencia nacional señala que la perención tiene su fundamento en la negligencia de las partes y en la presunción de que la inactividad de éstas entraña una renuncia a continuar la instancia.
En el caso de autos, se constata que la última actuación realizada lo fue en fecha 12/02/2014, y no habiendo realizado la parte actora desde aquella fecha, diligencia alguna tendiente a impulsar el procedimiento a los fines de impulsar la litis, e.....
Juez/Ponente:
Ernesto Jatniel Yepez Polanco
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren..
N° Expediente :
KP02-F-2016-289
N° Sentencia :
2786
Fecha: 23/05/2016
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: SOLICITANTES: CIUDADANOS: JORGE LUÍS HERNÁNDEZ HUZ Y XIOMARA COROMOTO GONZÁLEZ DE HERNÁNDEZ, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-9.169.897 Y V-7.496.731, RESPECTIVAMENTE.- ABOGADO ASISTENTE: CIUDADANO: BLANCA ESTHER PÉREZ OJEDA, ABOGADO EN EJERCICIO, INSCRITO EN EL I.P.S.A. BAJO EL NRO.61.403.-
Resumen:
DISPOSITIVA
En consecuencia, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO con fundamento en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Jorge Luís Hernández Huz y Xiomara Coromoto González de Hernández ya identificados, por ante la Prefectura Civil de San Rafael de Carvajal, Distrito Valera Estado Trujillo, Acta de Matrimonio Nro. 81, de fecha 01/08/1986, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo. Asimismo, se ordena oficiar a los organismos competentes en su debida oportunidad, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes, de conformidad con lo previsto en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro P.....
Juez/Ponente:
Ernesto Jatniel Yepez Polanco
Organo:
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Irribarren..