PRIMERO: Sin lugar la demanda que por REINTEGRO DE DEPÓSITO, intentara MARIELA GONZALEZ, en contra de la ciudadana NELLY TORRES DE ROJAS.
SEGUNDO: Con lugar la reconvención planteada por la ciudadana NELLY TORRES DE ROJAS, en contra de la ciudadana MARIELA GONZÁLEZ; en consecuencia, por efecto de esta condenatoria queda obligada la parte demandante reconvenida, antes identificada a lo siguiente:
A pagar a la ciudadana Nelly Torres el monto de cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,00) ó (Bs.F. 50) diarios, a partir del 01-05-2005, exclusive, fecha en que se venció la prórroga legal prevista en el artículo 38 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, hasta la publicación del presente fallo, por concepto de cláusula penal convenida en el contrato de fecha 11-11-2004, que de una simple operación aritmética resulta en lo siguiente: año 2005 244 días; año 2006: 365 días; año 2007: 365 días; y año 2008 143 días, los cuales suman un total de 1.117 días que multiplicados por BsF. 50,00 ar.....