Con fuerza a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Decimo de Control con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con los artículos 436 numeral 4º, 438 segundo aparte y 440, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, en concordada relación a lo previsto en el artículo 49 ordinal 8º y 300 ordinal 3º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa y consecuencialmente DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, en la causa seguida al ciudadano EX-SOLDADO JOHAN MANUEL FORERO ORCASITA , venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.523.394, sin domicilio procesal, Plaza del Pelotón de Alistados de la Tercera Compañía del Destacamento de Apoyo N° 30, de la Guardia Nacional Bolivariana, para el momento de ocurrir los hechos, causa iniciada según orden de apertura Nº 2270, de fecha 15 de Abril de 1999, emanada del Ge.....